Normativa » Condicionalidad
Este término se refiere al hecho de condicionar la percepción de ayudas directas al cumplimiento de los requisitos medioambientales y de salud humana y animal. La condicionalidad concierne a todos los subsectores agrarios que perciben ayudas directas como:
- ayuda al plátano,
- ayuda a la papa,
- ayuda a los cultivos herbáceos,
- ayuda al tomate de exportación,
- ayuda a la comercialización en el mercado interior,
- medidas de apoyo al sector vacuno y primas por nacimiento y sacrificio,
- medida de apoyo al sector ovino y caprino,
- medida de apoyo para la producción de reproductores de porcino,
- ayuda a la producción de gallinas ponedoras,
- ayuda a la producción de huevos de gallina,
- medidas agroambientales,
- indemnización por las dificultades naturales en zonas de montaña y las dificultades en zonas distintas de las de montaña,
- medidas para el uso sostenible de las tierras forestales,
- ayuda a la reestructuración del viñedo.
Por lo tanto, se aplica tanto a los agricultores y ganaderos como a los silvicultores.
La condicionalidad está compuesta por dos grupos muy amplios de requisitos: los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones agrarias y medioambientales. Los requisitos legales de gestión consisten en 19 normativas europeas, normas que en su mayoría preexistían antes del año 1999. Son de contenido muy variado; 5 afectan a la protección del medio ambiente, las otras 14 se centran en la salud pública y el bienestar animal. Estos requisitos son comunes a todos los Estados miembros.
La normativa comunitaria prevé una reducción del monto de las ayudas según el grado observado de incumplimiento, siendo comunes a los dos grupos de requisitos.
Reducción prevista en caso de incumplimiento de la condicionalidad:
Caso de negligencia | Reducción máxima de 5% de la ayuda |
Repetición de la negligencia | Se multiplica por 3 el incumplimiento. Reducción máxima es del 15% (2º año) |
Incumplimiento deliberado | Superior a 20% |
Hasta... | Exclusión total de uno o varios regímenes de ayuda durante uno o varios años naturales |
Una de las obligaciones consiste en tener al día un cuaderno de campo, que recoja todas las aplicaciones de abonado y de tratamientos fitosanitarios; las entradas y salidas de alimentos para ganado; y los tratamientos veterinarios.
Normativa
Real Decreto 486/2009, de 3 de abril, por el que se establecen los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones agrarias y medioambientales que deben cumplir los agricultores que reciban pagos directos en el marco de la política agrícola común, los beneficiarios de determinadas ayudas de desarrollo rural, y los agricultores que reciban ayudas en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión y a la prima por arranque del viñedo (BOE 94 de 17.4.2009). El anexo I recoge de forma sintética todos los requisitos legales de gestión (grupo de requisitos comunes a todos los Estados miembros). Indica en el anexo II las buenas condiciones agrarias y medioambientales que han sido definidas en el ámbito nacional.
Reglamento 73/2009 del Consejo, de 19 de enero de 2009, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los agricultores en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores y por el que se modifican los Reglamentos 1290/2005, 247/2006, 378/2007 y se deroga el Reglamento 1782/2003 (DOUE L 30 de 31.1.2009)
Enlaces de interés
- La condicionalidad de la Política Agraria Común: CEIRCAN, Gobierno de Canarias, 2008, 50 pp.
- La aplicación de la condicionalidad en Canarias: Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, Gobierno de Canarias, 2009.
- Guía de la condicionalidad: Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino. La guía está compuesta de fichas que explican de manera amena la aplicación de cada normativa.
- Modelo de cuaderno de campo: Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, Gobierno de Canarias, 2010.
- Programa de actuación contra la contaminación por nitratos: Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, Gobierno de Canarias, 2010.